Personas Morales: Momento de acumulación de ingresos.

   Buenas tardes.

El día de hoy hablaremos sobre uno de los temas de personas morales y acerca del momento de acumulación de ingresos.

                                           

Qué dice el artículo 17 y 18 de la LISR?

Se hace la interpretación de lo que se considera ingreso, y que toda aquella persona moral residente en el país esta obligada a acumular la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio de que se trate y se sumarán los ingresos que provengan de las prestaciones de servicios.

Y que estos ingresos son los que el contribuyente esta obligado al pago del ISR.

Cuando se acumulan los ingresos?

Se obtienen en la fecha en que se actualice con cualquiera de los siguientes supuestos: 

        *Se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada

        *Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio

        *Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.

Que ingresos se acumulan?

 En el Artículo 16 y 18 de la LISR nos señalan los ingresos los siguientes:

        *Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

        *Obtención de ingresos provenientes de contratos de arrendamiento financiero.

        *Derivados de deudas no cubiertas por el contribuyente.

        *Ganancia derivada de la transmisión de propiedad de bienes por pago en especie

        *Los que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles

        *Ganancia derivada de la enajenación de activos fijos y terrenos, títulos valor, acciones, partes                     sociales o certificados de aportación patrimonial emitidos por sociedades nacionales de crédito

        *Pagos que se perciban por recuperación de un crédito deducido por incobrable

        *Cantidad que se recupere por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros, tratándose de         pérdidas de bienes del contribuyente.

        *Cantidades que el contribuyente obtenga como indemnización para resarcirlo de la disminución que         en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes.

        *Cantidades que se perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros

        *Intereses devengados a favor en el ejercicio, sin ajuste alguno

        *Ajuste anual por inflación que resulte acumulable

        *Cantidades recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera, por concepto de préstamos,                 aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $600,000.00

Ejemplo de pagos provisionales de las personas morales en la acumulación de ingresos. 



Referencias:

Rombiola Nicolas (29 enero 2018)Acumulación de Ingresos para el ISR de Personas Morales

https://losimpuestos.com.mx/acumulacion-de-ingresos-para-el-isr-de-personas-morales/

Ley del impuesto sobre la renta. De los ingresos.

https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/titulo-ii/capitulo-i/



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